En Bizkaia, la vivienda habitual queda exenta del impuesto bancario sobre las hipotecas
Tras el cambio legislativo impuesto por el Gobierno que invalida la decisión del Tribunal Supremo sobre el pago del impuesto sobre las hipotecas, desde Bilbocasa analizamos la situación en Bizkaia.
En primer lugar debemos saber que el impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD) es un porcentaje que se aplica a la escritura notarial, cuando se firma una hipoteca. Este porcentaje es diferente dependiendo de la comunidad autónoma. En el caso de Euskadi, y por ende el de Bizkaia, y tal y como han recordado desde Kontsumobide, Instituto Vasco de Consumo, quienes adquieran una vivienda habitual en Bilbao no pagan el AJD. Pero si se trata de una hipoteca por la compra de una segunda vivienda, este impuesto sí se tiene que abonar y supone un 0,5 % del valor total del préstamo.
El impuesto sobre hipotecas en España
En el resto del Estado, el Gobierno han promovido un cambio legislativo dando forma a una nueva ley de crédito bancario. En ella se establece que los clientes no asuman el coste del impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (AJD), aunque sí deben abonar la tasación del mismo. Así, serán las entidad bancarias la que deban asumir los gastos del notario, el registro y la gestoría. De esta forma el impuesto, que antes era asumido al 100% por el cliente, pasa a ser de un 80% para el banco y de un 20% para el hipotecado.
Según los diputados que han gestionado el contenido de la ley, el hecho de que el cliente tenga que abonar la tasación, le favorece, ya que impide que las entidades impongan una empresa tasadora en concreto. De la misma forma prohíbe que las empresas de tasación tenga vinculación con el banco.
Por el momento, las comisiones de apertura del préstamo quedan en manos de los bancos, quienes decidirán la cantidad que crean conveniente.